La fiscal alega prescripción del delito de David Sánchez y destaca la imparcialidad de la jueza
BADAJOZ, 28 de mayo de 2026 (EUROPA PRESS) – La fiscal del caso David Sánchez, Begoña García Boró, ha apoyado la prescripción del delito de aceptación de nombramiento ilegal de David Sánchez en la Diputación de Badajoz. Según su criterio, dicho delito debería ser excluido del juicio. Además, ha defendido la «imparcialidad y objetividad» de la jueza de instrucción de la causa, Beatriz Biedma, ante las sospechas que se han querido introducir en el caso.
La fiscal se pronunció de esta manera durante la sesión de cuestiones previas que dio inicio este jueves en la Audiencia Provincial de Badajoz, en relación con la contratación del hermano de Pedro Sánchez en la Diputación de Badajoz en 2017.
En su alocución, tras escuchar a los abogados de la defensa y la acusación, la fiscal respaldó la posición del abogado del expresidente de la Diputación de Badajoz, señalando que «la cuestión propuesta por la falta de imputación del señor Gallardo existe», ya que «nadie puede ser acusado sin que haya adquirido la condición de investigado, para evitar futuras acusaciones sorpresivas».
García Boró explicó que si bien «es cierto que al señor Gallardo se le escuchó en el momento procesal oportuno», en el caso de la contratación de Luis Carrero en la Diputación de Badajoz «se produce una acusación sorpresiva en el escrito de acusación», se realiza «sin que haya sido oído, sin que sobre estos hechos haya adquirido la condición de investigado».
En este contexto, la fiscal consideró que «se ha vulnerado el derecho fundamental a la defensa» de Gallardo, ya que «no se le ha escuchado y no se le ha instruido sobre sus derechos» en relación con la creación de este puesto, que ha conducido a «una imputación, una acusación sorpresiva y extemporánea». Por ello, propuso «una nulidad parcial» del auto de apertura de juicio oral en este aspecto para Miguel Ángel Gallardo.
Prescripción del Delito
Por otro lado, la fiscal también se adhirió a la consideración del abogado de David Sánchez en cuanto a que el delito por el que se le juzga ha prescrito. En este sentido, destacó que «el delito de aceptación de nombramiento ilegal está tipificado no con inhabilitación», sino con una pena de multa de tres a ocho meses, por lo que se trata de «un delito leve que debe prescribir al año».
García Boró añadió que en el escrito de acusación «se deslinda totalmente la participación de David Sánchez en determinados hechos», como en los casos de prevaricación administrativa y de nombramiento ilegal, atribuyéndole «de forma independiente y excluyente» del delito de aceptación.
También subrayó que el delito de aceptación «no es un delito que pueda ser cometido por una sola persona», instando a analizar si ambas infracciones que se llevan a cabo «son conexas o tienen una continuidad delictiva».
En este sentido, la fiscal consideró que del escrito de acusación «no se desprende ningún indicio de conexidad material ni de continuidad delictiva», sino que son «dos supuestos diferentes, aunque uno sea consecuencia del otro». En orden al principio de especialidad, instó a «excluirle del enjuiciamiento».
En cuanto a la «investigación prospectiva» mencionada por el abogado de David Sánchez, la fiscal defendió «la legalidad de la investigación realizada, la legalidad del procedimiento, la legalidad del auto habilitante y la legalidad de la incorporación de estos correos».
Finalmente, respecto a la recusación propuesta, la fiscal la rechazó, asegurando que no tiene «ninguna duda acerca de la imparcialidad y objetividad de la magistrada» Beatriz Biedma, y manifestó no entender «las sospechas que se han querido introducir en este acto y en este momento procesal».
