La CNMC da luz verde con condiciones a la compra de Ercros por Esseco

CNMC Autoriza Concentración Esseco/Ercros

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha acordado, con fecha 15 de julio de 2025, autorizar la concentración Esseco / Ercros (C/1479/24) sujeta al cumplimiento de una serie de condiciones, ante la existencia de riesgos para la competencia en los mercados y la falta de compromisos presentados por las partes. Esta operación consiste en la adquisición del control exclusivo de Ercros por parte de Esseco, a través de una oferta pública de adquisición (OPA) no solicitada, presentada el 27 de junio de 2024.

Durante su análisis, la CNMC ha tenido en cuenta el contexto de los mercados relevantes, altamente concentrados, donde las partes son los dos principales operadores y competidores cercanos, con acceso a las dos fuentes de suministro más competitivas en precio, cantidad y estabilidad de suministro. Esto ocurre sin que el resto de los competidores, reales o potenciales, tengan la capacidad ni los incentivos para ejercer presión competitiva a la entidad resultante.

Mercado de los productos potásicos (KOH líquido, KOH sólido y K2CO3)

El sector económico afectado por la operación es la fabricación de productos básicos de química orgánica e inorgánica, en concreto, los mercados de comercialización de hidróxido de potasio (KOH), en estado sólido y líquido, y de carbonato de potasio (K2CO3) en los que las partes se solapan a nivel nacional.

En todos los mercados se producen solapamientos horizontales superiores al 80 % en volumen y 70 % en valor. Como resultado, la entidad resultante quedaría a mucha distancia de sus principales competidores.

Ante la ausencia de producción nacional que abastezca la demanda de estos productos, con la excepción de un pequeño productor de KOH líquido, el acceso a las fuentes de suministro competitivas determina en buena medida la capacidad de competir en el mercado.

En este sentido, Esseco es un operador verticalmente integrado y con gran capacidad productiva en Italia, mientras que Ercros tiene un acuerdo de suministro en exclusiva con el principal fabricante a nivel mundial, el grupo coreano UNID. De llevarse a cabo la operación, la entidad resultante contaría con una posición de cuasi monopolio en los tres mercados analizados, a mucha distancia del resto de los competidores.

Condiciones impuestas por la CNMC

El Consejo de la CNMC ha autorizado la operación sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones:

  1. Obligación de Esseco de rescindir el contrato de suministro con el grupo coreano UNID para comprar o importar KOH (en sólido y líquido) y K2CO3, directa o indirectamente, a la península ibérica. Además, Esseco no podrá firmar durante los próximos cinco años nuevos acuerdos con UNID para el suministro de esos tres productos potásicos, si el destino es, directa o indirectamente, la península ibérica.
  2. Obligación de Esseco de no imponer ni negociar en condiciones de exclusividad con los distribuidores de productos potásicos en la península ibérica, para evitar que se dificulte el acceso a dichos distribuidores por parte de los competidores que asuman el contrato con el grupo coreano UNID. Esta obligación estará vigente durante cinco años desde el cierre de la operación.

FUENTE

Redaccion

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