Los eurodiputados respaldan la revisión de los criterios para declarar seguros a terceros países

Los eurodiputados respaldan la revisión de los criterios para declarar seguros a terceros países

Reglamento de Países Terceros Seguros

Los miembros del Parlamento Europeo en la Comisión de Libertades Civiles adoptaron, con 40 votos a favor, 32 en contra y ninguna abstención, su posición sobre las nuevas reglas bajo las cuales los Estados miembros pueden decidir que un país no perteneciente a la UE es un país tercero seguro (PTS) respecto a un solicitante de asilo, y declarar que la solicitud es inadmisible. El texto adoptado está en línea con una propuesta de la Comisión para actualizar esta disposición en el Reglamento de Procedimiento de Asilo.

Nuevas Condiciones para la Aplicación del PTS

Las nuevas reglas requerirían que se cumpla una de las tres siguientes condiciones donde los países de la UE elijan aplicar el concepto de PTS en casos individuales:

  • Una conexión entre el solicitante y el tercer país; los eurodiputados proponen que esta conexión puede considerarse establecida cuando los miembros de la familia del solicitante están presentes en el país tercero en cuestión, si el solicitante ha estado allí anteriormente, o si existen vínculos lingüísticos, económicos, culturales, religiosos o geográficos.
  • Los solicitantes han transitado por un tercer país donde podrían haber solicitado una protección efectiva.
  • Donde se haya concluido un acuerdo o arreglo con un tercer país; los eurodiputados desean que estos acuerdos se formalicen por escrito, de manera jurídica y transparente. Se fomenta que los acuerdos a nivel UE eviten prácticas divergentes entre los estados miembros de la UE.

Los eurodiputados afirman que no se requiere la existencia de una conexión entre el solicitante y un país tercero seguro para aplicar el concepto de país tercero seguro, en conformidad con la propuesta original de la Comisión.

Excepciones y Derechos de los Solicitantes

Los eurodiputados quieren ser informados desde el inicio de cualquier negociación sobre acuerdos o arreglos en nombre de la UE relacionados con el tema de los países terceros seguros. Los menores no acompañados deberían ser exentos de la aplicación de las reglas de países terceros seguros basadas en acuerdos y arreglos, a menos que existan razones para considerar que representan un peligro para la seguridad nacional o el orden público.

Los eurodiputados apoyaron la propuesta de la Comisión de que los solicitantes no deberían tener un derecho automático a quedarse en la UE en caso de apelación contra una decisión de que su solicitud de asilo es inadmisible, basándose en la aplicación de las reglas de país tercero seguro.

Declaraciones de los Eurodiputados

La ponente Lena Düpont (PPE, Alemania) comentó: «Con el Reglamento de Países Terceros Seguros, estamos haciendo que el Pacto de Migración sea creíble y operativo. Como uno de los últimos componentes que faltan en el Sistema Común Europeo de Asilo, aporta la coherencia tan necesaria y brinda a los Estados miembros la flexibilidad que necesitan para aplicar el concepto de manera efectiva y consistente. Queremos eliminar obstáculos y asegurar que los procedimientos de asilo, incluidos los procedimientos de retorno, sean más rápidos, claros y efectivos, lo que es esencial para reducir la migración irregular y aumentar los retornos. Queremos asegurar que la protección se otorgue donde sea necesario, pero no automáticamente dentro de la UE, si se puede garantizar una protección segura y efectiva en otro lugar. Ahora debemos movernos rápidamente para concluir este pilar clave de un Pacto en funcionamiento.»

Próximos Pasos

Se espera que la decisión de iniciar negociaciones con el Consejo se anuncie en la próxima sesión plenaria. Después de que el Parlamento la respalde, se podrán iniciar las conversaciones sobre la forma final de la legislación.

Antecedentes

El Reglamento de Procedimiento de Asilo (RPA), adoptado en mayo de 2024 como parte del Pacto de Migración y Asilo, entrará en vigor el 12 de junio de 2026.

El RPA (en su artículo 59) establece las condiciones para designar a un país no perteneciente a la UE como un país tercero seguro respecto a posibles retornos de solicitantes de asilo. En el momento de su adopción, se decidió que la Comisión revisaría el concepto de país tercero seguro para junio de 2025. La propuesta que se considera proviene de esta revisión.

La aplicación del concepto de país tercero seguro no es obligatoria y no todos los países de la UE lo aplican en la práctica.

FUENTE

Constanza Sanchez

Constanza Sanchez

Soy periodista especializada en comunicación digital y producción de contenidos multimedia. Combino redacción, análisis de audiencias y SEO para crear historias claras y relevantes. Me enfoco en formatos innovadores, narrativas visuales y en desarrollar contenidos que conecten con comunidades diversas en entornos informativos dinámicos.

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