El Gobierno aprueba un decreto que extiende la ley ELA a más enfermedades irreversibles

El Gobierno aprueba un decreto que extiende la ley ELA a más enfermedades irreversibles

El Gobierno aprueba el real decreto que amplía la cobertura de la ley ELA a otras enfermedades irreversibles

MADRID, 28 de octubre de 2025 (EUROPA PRESS) – El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto destinado a desarrollar el ámbito de aplicación de la Ley ELA, que establece criterios generales y operativos para determinar los casos en los que la norma es aplicable. Esto incluye un listado indicativo de enfermedades que, por su evolución clínica, presentan alta probabilidad de cumplir con los criterios establecidos.

Entre las enfermedades mencionadas se encuentran aquellas de neurona motora neurodegenerativas distintas a la ELA, como la atrofia muscular progresiva y la esclerosis lateral primaria. También se incluyen las encefalopatías espongiformes transmisibles (EET), infarto cerebral en la protuberancia que implique el síndrome de cautiverio y la atrofia muscular espinal tipo I (que no responde a tratamiento).

Es importante destacar que esta relación no limita la evaluación de otros procesos o enfermedades neurológicas o no, siempre que haya una sospecha razonable de que puedan cumplir con los criterios operativos. Esto garantiza que ninguna persona quede injustamente excluida del ámbito de aplicación de la ley solo porque su enfermedad no figure explícitamente en el listado.

El decreto establece un procedimiento específico de solicitud y verificación, que puede ser iniciado tanto por la persona afectada como por su representante. La evaluación será realizada por personal médico responsable del seguimiento del proceso, utilizando un cuestionario recogido en el real decreto. El plazo máximo para emitir el informe será de un mes.

Fecha Límite para el Reconocimiento

El real decreto fija un plazo máximo de tres meses para la resolución del reconocimiento del cumplimiento de los criterios. Esta resolución será válida en todo el territorio nacional y determinará el acceso a los derechos establecidos en la Ley 3/2024, de 30 de octubre.

Criterios Objetivos para Reconocer la Situación

Los criterios definidos deben cumplirse de forma acumulativa e incluyen aspectos como la irreversibilidad del proceso, la falta de respuesta terapéutica, necesidad de cuidados complejos y la progresión rápida de la enfermedad. Asimismo, se añaden criterios operativos para su verificación clínica y social, como la utilización prolongada de dispositivos de soporte vital, la pérdida acelerada de autonomía o la existencia de ingresos hospitalarios urgentes no planificados.

El reconocimiento de estos criterios permitirá acelerar los trámites de valoración de discapacidad y dependencia, cumpliendo así con el mandato legal de reducir los tiempos administrativos y evitar la desprotección en fases avanzadas de enfermedades o procesos irreversibles de alta complejidad en cuidados.

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Redaccion

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