El Congreso inicia proceso para suspender a Ábalos como diputado; Feijóo convoca concentración
MADRID, 27 Nov. (EUROPA PRESS) – El Congreso se ha dirigido al Tribunal Supremo para que confirme la decisión de enviar a prisión al exministro José Luis Ábalos y así poner en marcha el procedimiento que le suspenda de los derechos que tiene como diputado del Grupo Mixto, incluyendo el sueldo y el voto.
De entrada, la Presidencia del Congreso ha remitido un oficio al Supremo para certificar la decisión de ingreso en prisión provisional de Ábalos «y el auto de procesamiento o equivalente», con el fin de iniciar el trámite para el acuerdo de Mesa de suspensión según el artículo 21.2 del Reglamento del Congreso.
Así lo han avanzado fuentes parlamentarias, tras conocerse que el instructor del ‘caso Koldo’ en el Supremo, Leopoldo Puente, ha acordado enviar a Ábalos y a su exasesor ministerial Koldo García a prisión provisional sin fianza. La razón principal es el riesgo «extremo» de fuga de ambos, ante la proximidad del juicio en su contra por presuntos amaños en contratos públicos para la compra de material sanitario, con una elevada petició de penas de hasta 30 años de cárcel. Es la primera vez que un diputado nacional en ejercicio entra en prisión.
YA ESTABA PREVISTO
El Congreso activa así un plan previamente previsto ante la posibilidad de que el juez enviara a prisión a Ábalos. Se le aplicará de forma automática el segundo apartado del artículo 21 del Reglamento, que estipula que «los diputados y diputadas quedarán suspendidos en sus derechos y deberes parlamentarios cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento, se hallaren en situación de prisión preventiva y mientras dure esta».
Según la interpretación de los letrados, esta previsión es aplicable a Ábalos porque, al ser un procedimiento abreviado, «no existe como tal» el auto firme de procesamiento que se menciona como requisito. Su aplicación será automática, sin necesidad de debate en la Mesa del Congreso.
La suspensión implicaría que Ábalos dejara de percibir retribuciones del Congreso, y ya no tendría derecho a participar en actividades parlamentarias ni podría votar vía telemática. En cualquier caso, se trata de una medida temporal mientras dure la situación de prisión provisional; una vez que recupere su libertad, también recuperaría sus derechos parlamentarios.
Sin embargo, la suspensión no acarrea la pérdida del escaño, que es una medida extrema que llega con una sentencia, como ocurrió en el caso de Alberto Rodríguez (Podemos), aunque el Tribunal Constitucional lo desautorizó. Tampoco se pierde el escaño al ser procesado por delitos graves establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, como sucedió con Oriol Junqueras (ERC) y otros independentistas encausados en el procés.
¿REVISAR LAS MAYORÍAS?
En este contexto, al no haber 350 diputados operativos, sino 349, no se descarta que algún grupo plantee el debate sobre modificar o no las mayorías en la Cámara, algo que los letrados deberán estudiar según los precedentes.
En principio, se trata de un único voto de 350 y ello no deberá tener una excesiva incidencia en las votaciones, especialmente considerando que Junts ha anunciado su voto en contra a toda propuesta del Gobierno, lo que supone mayoría absoluta junto con PP y Vox.
Ni siquiera es determinante en las votaciones de mayoría reforzada, puesto que actualmente las leyes orgánicas exigen un mínimo de 176 votos (mayoría absoluta de 350). En este contexto, podríamos llegar a 175,5, que a efectos prácticos se traduce en 176 diputados.
